miércoles, 2 de abril de 2008

El discreto encanto (actual) del menemismo por Miguel Bonasso



Crítica Digital | El discreto encanto (actual) del menemismo
Política
CONTRATAPA

Por un recurso presentado por el multimedio Vila Manzano y confirmado por la Justicia, Canal 7 no se puede ver en Mendoza. Miguel Bonasso.
Miguel Bonasso
30.03.2008


¿Hasta cuándo se prolongará la subcultura menemista? ¿Hasta cuándo lo público se subordinará a lo privado? ¿Hasta cuándo toleraremos que algunos magistrados dictaminen contra el Estado en defensa de intereses particulares inconfesables? No son preguntas vanas: desde el 14 de enero pasado la repetidora de LS82 TV Canal 7 no puede verse en la ciudad de Mendoza ni en un radio de 70 kilómetros. La bajada de palanca a la señal estatal, que tiene asignado el canal 11 de aire, fue dispuesta por la jueza federal Olga Arrabal, en respuesta favorable a un recurso presentado por el multimedio monopólico Vila-Manzano, originando el expediente caratulado “JORGE STORNELL SA c/ESTADO NACIONAL Y OTROS s/AMPARO”. Se ve que la magistrada estaba muy apurada, porque interrumpió la feria judicial para expedirse y dejar a cientos de miles de mendocinos sin la señal oficial. La medida, apelada por el canal estatal, se encuentra a consideración de la Cámara Federal de Mendoza, que no tiene plazo para expedirse.

Para colmo, la apelación fue trabada y dilatada innecesariamente porque la jueza decidió que la parte denunciante se llevara durante un buen tiempo el expediente. Así lo denunció, el 18 de febrero pasado, la directora periodística de Canal 7, Rosario Lufrano, en un acto realizado en Mendoza, donde se cosecharon 20 mil adhesiones a favor del canal público y estuvieron presentes representantes de distintas entidades sociales, políticas, culturales y defensoras de los derechos humanos.

Según el Grupo Vila-Manzano, el canal 7 nacional interfiere o altera la señal a través de la cual transmite el canal 7 de Mendoza –emisora privada conocida como Supercanal–, a través de la grilla 11 del cable. Sin embargo, argumentan las autoridades del canal público, el lugar que les fue concedido por la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) es el canal 11 de aire, no el del cable. Según Lufrano, la jueza no convocó a perito alguno para verificar la supuesta interferencia que, de existir, debe ser resuelta técnicamente por el permisionario del servicio de cable, ya que el servicio de televisión abierta tiene preferencia en la asignación de frecuencias.

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